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viernes, diciembre 04, 2009

Entidades de gestión contra autores (I): La razón de mi malestar

Ya no compro música en CD. Ni en DVD. Ya sé que si algunos músicos leen esto, se tirarán de los pelos y empezarán a decir improperios contra mi, pensando en demandas millonarias, pero, con todo, déjenme que me explique.

Yo casi nunca he comprado, por mi mismo, ni cassetes, ni CDs, ni DVDs, ni nada. Escuchaba música, ocasionalmente, por radio y televisión, y por las cintas que recibía de regalo por cumpleaños o en las navidades.

Sin embargo, el tema es que, de unos años a esta parte, ya no me gusta comprar música, y eso, por varias razones:

La primera porque, al grabarla, estoy apoyando, directa o indirectamente, a unos músicos que, si descargo sus obras de internet, me llaman de todo menos bonito, aún cuando les estoy haciendo un trabajo de promoción impagable.

De otra, porque, aunque las entidades de gestión cobran por cada DVD o CD virgen comprado, no pienso poner en ellos nada que, a la postre, les acabe dando más beneficios.

Alguien, seguramente, se preguntará porqué tanta ojeriza con las entidades de gestión. Pues, sencillamente, porque machacan a la mayoría de los autores.

Recuerden que, la propia SGAE es una entidad de "Autores y Editores". Lo cual significa que la mayoría de los autores no pintan nada, no tienen ni voz ni voto.

De hecho, en sus estatutos se explicitan las reglas para obtener votos, sean permanentes o temporales, en concreto, el Artículo 21, apartado 2 (que está en el título segundo) dice:

3.- Para la determinación de los votos temporales se tendrá en cuenta la recaudación bruta anual obtenida en el año inmediatamente anterior al del ejercicio del derecho de voto. Para la adquisición los votos permanentes se tendrá en cuenta la suma de las recaudaciones brutas que haya tenido el socio en los cinco años inmediatamente anteriores al ejercicio del derecho de voto que se sumarán a los ya reconocidos anteriormente.


Por lo que se deduce que sólo tienen voto aquellos que más ganan. Para más información, aquí está el enlace:

Comienzo del Título II de los estatutos de la Sociedad General de Autores y Editores


Precisamente, hay gente que disiente de ese supuesto sentir general de la entidad, e incluso hablan de que la oposición dentro de esa entidad de gestión (las demás supongo que también), se mueven en el clandestinidad:

Artículo en Bandaancha.eu

Artículo en "El confidencial"

Además, aquellos que dicen defender los derechos de los autores, olvidan de decir que sólo defienden los derechos de "algunos autores", como se puede ver en:

La SGAE sólo paga derechos de autor a un tercio de sus socios (Ecodiario/Cultura)

Por todo ello, no me parece, lógico, legal ni constitucional que se permitan los abusos que cometen estas entidades de gestión. En suma, si tú no grabas música o películas en un CD, o DVD u otro soporte (inclusos los nuevos móviles que compres), resulta que aún así les estás dando dinero, según lo estipulado en esta orden ministerial , lo que, resumido es lo siguiente, y cito textualmente:

1. Equipos multifuncionales de sobremesa, de inyec-
ción de tinta, con pantalla de exposición cuyo peso no
supere los 17 kilos, capaces de realizar al menos dos de
las siguientes funciones: copia, impresión, fax o escáner:
7,95 euros por unidad. Cuando supere el peso indicado
será considerado como equipo o aparato con capacidad
de copia y según su velocidad estándar de reproducción.

2. Equipos multifuncionales láser de sobremesa con
pantalla de exposición cuyo peso no supere los 17 kilos,
capaces de realizar al menos dos de las siguientes funcio-
nes: copia, impresión, fax o escáner: 10,00 euros por uni-
dad. Cuando supere el peso indicado será considerado
como equipo o aparato con capacidad de copia y según
su velocidad estándar de reproducción.

3. Escáneres monofunción que permitan la digitali-
zación de documentos: 9,00 euros por unidad.

4. Equipos o aparatos con capacidad de copia
estándar de hasta 9 copias por minuto: 13,00 euros por
unidad.

5. Equipos o aparatos con capacidad de copia están-
dar desde 10 hasta 29 copias por minuto: 127,70 euros por
unidad.

6. Equipos o aparatos con capacidad de copia están-
dar desde 30 hasta 49 copias por minuto: 169,00 euros
por unidad.

7. Equipos o aparatos con capacidad de copia están-
dar desde 50 hasta 69 copias por minuto: 197,00 euros por
unidad.

8. Equipos o aparatos con capacidad de copia
estándar de 70 o más copias por minuto: 227,00 euros
por unidad.

b) Para equipos o aparatos digitales de reproducción
de videogramas, fonogramas y libros y publicaciones asi-
miladas reglamentariamente a libros, ya sean específicos
o mixtos, salvo que estén incluidos en la letra h):

1. Grabadora de discos compactos específicos: 0,60
euros por unidad.

2. Grabadora de discos compactos mixtos: 0,60
euros por unidad.
3. Grabadora de discos versátiles específicos: 3,40
euros por unidad

4. Grabadora de discos versátiles mixtos o de discos
compactos y versátiles: 3,40 euros por unidad

c) Para discos compactos no regrabables: 0,17 euros
por unidad.

d) Para discos compactos regrabables: 0,22 euros
por unidad.

e) Para discos versátiles no regrabables: 0,44 euros
por unidad.

f) Para discos versátiles regrabables: 0,60 euros por
unidad.

g) Para memorias USB y otras tarjetas de memo-
ria no integradas en otros dispositivos: 0,30 euros por
unidad.

h) Para discos duros integrados o no en un equipo,
idóneos para la reproducción de videogramas y fonogra-
mas, entendiéndose por tales discos duros todos aquéllos
que no estén afectados por la definición que a los efectos
del 25.7.b) de la Ley de Propiedad Intelectual, se contiene
en el punto 2 de este apartado: 12,00 euros por unidad.
Los discos duros que estén integrados en equipos
descodificadores de señales de televisión digital queda-
rán excluidos del pago de la compensación por copia
privada durante el primer año de vigencia de esta Orden.
Transcurrido dicho plazo, el importe a satisfacer en con-
cepto de compensación equitativa por copia privada por
estos equipos será de 12,00 euros por unidad.
i) Para dispositivos reproductores de fonogramas,
videogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o
audiovisuales en formato comprimido: 3,15 euros por
unidad.
j) Para teléfonos móviles con funcionalidad de repro-
ducción de fonogramas en formato comprimido: 1,10
euros por unidad.

Eso sí, haciendo la siguiente salvedad:

2. Conforme el párrafo b) del apartado 7 del artículo
25 de la Ley de Propiedad Intelectual y a los efectos en él
previstos se entiende por «disco duro de ordenador» el
dispositivo de almacenamiento magnético de un ordena-
dor en el que se aloja el sistema operativo de dicho orde-
nador, al cual está conectado con carácter permanente, de
forma que éste solo y exclusivamente pueda servir de
disco maestro o del sistema en el sentido de que su
conexión sólo le permite adoptar esa funcionalidad y no
la de disco esclavo.


Teniendo en cuenta todo lo dicho, espero que se entienda un poco más mi posición en lo relativo a la música, la cultura y las entidades de gestión.

jueves, diciembre 03, 2009

Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que...
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

lunes, enero 26, 2009

Carta abierta a Ana María Mainar

Estimada Sra./Srta. Ana María Mainar,

Disculpe el atrevimiento de dirigirme a usted, de pública forma, en esta bitácora cibernética. Con todo, creo que tengo el deber moral de comentar sus declaraciones en torno de su negativa en la propuesta de la implantación del Software Libre en la Diputación General de las Cortes de Aragón.

La cuestión es que me gustaría hacerle unas consideraciones al respecto para matizar la, por lo que se intuye, pobre información con la que usted cuenta a propósito de los programas informáticos en general, y los programas informáticos libres en particular.

Para comenzar, digamos que la situación actual es una en la que una sola empresa multinacional (Microsoft) con base foránea (de los EE.UU. de América del Norte para más información) ostenta una posición casi monopolística en el mercado de los programas y aplicaciones informáticas.

Más aún, esta empresa está comprobado que ha vulnerado la libertad individual y colectiva en numerosas ocasiones en beneficio propio, de forma realmente importante; recordándole además que vuelve a estar acusada por la Comisión Europea por prácticas monopolísticas, tema del que puede ampliar información siguiendo los enlaces a continuación:

http://barrapunto.com/articles/09/01/18/1727217.shtml
http://www.elpais.com/articulo/economia/Comision/acusa/vez/Microsoft/abuso/mercado/elpeputec/20090118elpepieco_2/Tes

Mas, más allá de lo ya comentado, conviene recordar que, hoy día, al comprar un equipo informático se le suelen ocultar al comprador costes en los que incurre por comprar sistemas que incluyen software "privativo" como los de Microsoft, aparte de desinformar a la opinión pública mediante los propios distribuidores que han llegado a mentir (muchas veces por ignorancia), diciendo que el equipo perdería la garantía si se desinstalaba el software Microsoft Windows, incluído con él.

Aparte, hemos de recordar que un equipo con windows instalado, envía información sobre el equipo informático sin avisar ni pedir permiso al usuario, según Microsoft "para asegurar que la licencia sea válida". Más allá de eso, si una persona tiene conocimientos suficientes para cambiar algo en su equipo informático (ej. introducir un nuevo componente, como, por ejemplo un nuevo disco duro para ampliar su capacidad, o incluso más memoria, etc.), cuando el equipo se conecte a internet, el sistema operativo enviará información sobre ello a Microsoft lo que automáticamente anulará la licencia, y para recuperarla tendría que llamar a Microsoft para comunicar el cambio hecho y, aún así, podría conminarse al usuario a obtener una nueva licencia, por supuesto, previo pago de la misma.

Para más información sobre todos estos detalles le pediría que, en caso de tener un equipo con Microsoft(r)Windows instalado, lea el CLUF (Contrato de Licencia de Usuario Final) de su versión particular,o, si no dispone de tal contrato, o no sabe como acceder a él, lo descargue en la siguiente dirección:

http://www.microsoft.com/about/legal/useterms/default.aspx

La página, está en inglés, pero puede conseguir el documento en castellano. Como desconozco su grado de dominio o entendimiento del inglés, en el caso hipotético de que se defienda poco en ese lenguaje, sencillamente déjeme un comentario en esta bitácora y gustosamente le ayudaré en su descarga.

En resumen, la situación de una persona que usa un sistema opertivo de Microsoft es la siguiente:

- Utilización de un sistema por el que paga pero no le da ninguna garantía (salvo que la ley nacional no permita tal cosa).
- La única excepción al punto anterior, es que Microsoft sólo le garantiza que el sistema funcionará durante 90 días tras su compra. ( apartado Garantía).

Literalmente:

"Garantía –(...) siempre que Usted tenga una licencia válida, el Fabricante le garantiza que a) durante el periodo de 90 días siguientes a la fecha en que Usted reciba el Producto o durante el periodo mínimo exigido por la ley aplicable, el Producto funcionará sustancialmente de conformidad con los materiales que lo acompañan"

- El sistema puede enviar, en cualquier momento, información sobre todo lo que esté instalado en el propio ordenador. (Punto 2, "Servicios automáticos basados en internet").

Literalmente:
"2. SERVICIOS AUTOMÁTICOS BASADOS EN INTERNET. Las características del SOFTWARE
descritas a continuación están habilitadas de forma predeterminada para conectarse automáticamente vía
Internet a los sistemas informáticos de Microsoft, sin que usted reciba un aviso específico.
"

- Si una persona se hace con otro ordenador, en este caso, sin sistema operativo, esta no podrá hacer uso del programa o la copia del programa que tenga, y tendría que pagar otra copia del producto.

- Últimamente los sistemas operativos de microsoft precisan de una "activación", antes de la cual pueden funcionar correctamente hasta 30 días. En esta activación se "vincula" el sistema operativo al equipo y, como se ha dicho, si se hace el mínimo cambio, el sistema lo detecta, envía información del mismo a Microsoft y sale un molesto mensaje que avisa de que el sistema operativo puede no ser válido, ya que asume que se ha instalado en más de un equipo.


Como puede intuir, si juntamos todo esto podemos casi sugerir que un equipo informático con un sistema operativo de Microsoft no es de la persona que lo adquiere, sino de la propia Microsoft.

Pero aún hay más: Microsoft con todas sus acciones y con el propio Contrato de licencia, no sólo no nos ayuda a salir de la crisis, sino que profundiza más en ella, porque nos acostumbra a algo que se suele llamar "vendor lock-in" en círculos especializados y que viene a significar "bloqueo del vendedor" lo que significa que el hecho de que ese sistema privativo y cerrado venga preinstalado, limita los derechos del usuario, obligado a pagar por ese sistema operativo.

Por otra parte, al ser el sistema cerrado, España, como otros países sería esclava, informáticamente hablando, de una empresa extranjera: al no tener disponible el código fuente ("la receta del programa") del sistema operativo, no es viable dar un servicio técnico en condiciones si falla un componente del propio sistema operativo. En suma: los sistemas cerrados y privativos no enriquecen al país: lo empobrecen.

Como este artículo se está haciendo demasiado largo, le invito a que me envíe un comentario en esta misma entrada, y, gustosamente, hablaremos de las razones de peso para la adopción del Software Libre que, estoy seguro, le van a convencer.

jueves, noviembre 08, 2007

Formas de hablar

Ya sabéis los que sigais este blog, que raramente me gusta hablar de cosas de política, pero es que la forma en que se dicen ciertas cosas me siguen pareciendo dignas de atención, y como aún hay quien cae en ellas.

Hoy voy a mentar (aún no siendo 'santo de mi devoción') a alguien querido por algunos, odiado por otros, e ignorado por bastantes: El señor Aznar.

Este hombre, sencillamente, se ha convertido en un elemento de ataque de cierto partido (¿hace aún falta nombrarlo?) contra aquellos que tienen ideas distintas a ellos, o aquellos que, hartos de tanta manipulación, dicen las verdades a la cara.

Pues bien, con todo, este hombrecillo en lo que a estatura física se refiere (yo tampoco es que sea muchísimo más alto), resulta que, si algo tiene, es la habilidad para decir ciertas cosas de forma ambigüa, de modo que, quien quiera, se pueda sentir aludido.

Este es el caso de las declaraciones de últimamente en la que afirmaba que "como ya he dicho, y reitero, los culpables [del 11-M] no están en desiertos muy remotos, ni en montañas muy lejanas". Con la ambigüedad que le caracteriza, ha dicho una verdad que, por serla, no deja de ser una verdad a medias, ocultando lo realmente importante.
Y es que, como sabemos, uno de los autores intelectuales de los atentados, quizás el más importante, de mote "El Egipcio", está en Italia siendo juzgado, y muchos otros se encuentran en cárceles de nuestro país cumpliendo condena.

Por lo tanto, no deja de ser verdad lo que dice el Sr. Aznar. Y ahí es donde, posiblemente, han cometido un pequeño error de bulto sus contrincantes del otro partido en contienda clara para las elecciones, distribuyendo un vídeo con las mentiras que, por error de bulto, apreciación o, tal vez (querría creer que no es así) por mala fe clara, hayan dicho dirigentes del partido del Sr. Aznar.

Por todo ello, tal vez, antes de dar una opinión, sea mejor pensarse las cosas dos veces, porque una respuesta proporcionada y meditada, es muchas veces una victoria, frente a una reacción tal vez algo desmedida y prematura.

Forza4.